La CFTC detalla requisitos clave para usar Bitcoin, Ether y stablecoins como garantía en mercado de derivados
La Comisión de Comercio de Futuros de Materias Primas (CFTC) de EE.UU. ha emitido una guía detallada sobre el uso de criptoactivos como garantía colateral dentro de su programa piloto. La nota, publicada recientemente, establece cargos de capital específicos del 20% para Bitcoin (BTC) y Ether (ETH), y del 2% para stablecoins. Además, define un período inicial restrictivo de tres meses, durante el cual solo se aceptarán esas criptomonedas, e impone requisitos de reporte semanal para los participantes.
Contexto y antecedentes del programa piloto
La nueva guía operativa surge como respuesta a las dudas generadas por dos cartas del personal de la CFTC emitidas en diciembre de 2025. Esas cartas establecieron por primera vez un programa piloto para permitir que los Futures Commission Merchants (FCMs) acepten criptoactivos como garantía colateral de margen en los mercados de derivados regulados. El objetivo del piloto es explorar la integración práctica de los activos digitales dentro del marco regulatorio existente.
La nota actual, estructurada como preguntas frecuentes (FAQ), busca proporcionar claridad operativa concreta a los FCMs interesados en participar. Su publicación marca un paso hacia la implementación práctica de las directrices esbozadas a finales del año pasado.
Requisitos operativos clave para los participantes
La CFTC ha delineado una serie de condiciones específicas para los participantes en el programa. En primer lugar, cualquier FCM que desee aceptar criptoactivos como garantía debe notificar previamente a la División de Participantes del Mercado de la agencia. Esta notificación debe incluir “la fecha en la que comenzará a aceptar activos cripto de los clientes como garantía colateral de margen”.
Durante los primeros tres meses del programa, los FCMs solo podrán aceptar Bitcoin (BTC), Ether (ETH) y stablecoins como garantía colateral. Una vez superado este período inicial, podrán evaluar la aceptación de otras criptomonedas.
Cargos de capital y reportes
Uno de los aspectos más destacados de la guía es la definición de los cargos de capital, que son los montos que los participantes deben mantener para cubrir posibles pérdidas. La CFTC establece que estos cargos serían “consistentes con la SEC”. En concreto, se fija un cargo del 20% del valor de las posiciones para Bitcoin y Ether, y un cargo del 2% para las stablecoins.
En materia de supervisión, los FCMs tendrán la obligación de presentar reportes semanales sobre el total de criptoactivos mantenidos, desglosados por tipo de cuenta de cliente. Asimismo, deben notificar “prontamente” a la División de Participantes del Mercado cualquier problema significativo relacionado con la ciberseguridad o el sistema. Estos reportes semanales cesarán una vez finalizado el período inicial de tres meses.
Reglas específicas para diferentes instrumentos y entidades
La guía también establece distinciones importantes para diferentes tipos de operaciones y entidades reguladas.
Swaps no compensados y cuentas segregadas
En el caso de los swaps no compensados (uncleared swaps), la CFTC es clara: los criptoactivos y las stablecoins no pueden utilizarse como garantía colateral.
Para las cuentas segregadas de clientes, la regla es más específica. La nota indica que “solo las stablecoins de pago propias pueden depositarse como interés residual en las cuentas segregadas de clientes”. Queda expresamente prohibido depositar otras criptomonedas en estas cuentas con ese fin.
Swap Dealers y Organizaciones de Compensación
Por otro lado, la normativa abre ciertas posibilidades para otras entidades. Los Swap Dealers pueden utilizar versiones tokenizadas de un activo tradicional elegible como garantía, siempre que el token cumpla con todos los requisitos regulatorios aplicables y otorgue los mismos derechos que el activo subyacente.
Finalmente, las Organizaciones de Compensación de Derivados (DCOs) tienen permiso para aceptar criptoactivos y stablecoins como margen inicial para transacciones compensadas. Sin embargo, para hacerlo, deben demostrar ante la CFTC que estos activos presentan un riesgo crediticio, de mercado y de liquidez mínimo, de acuerdo con los requisitos de la agencia.
Implicaciones y próximos pasos
La publicación de esta guía detallada es interpretada como una señal de la colaboración interagencial entre la CFTC y la Comisión de Bolsa y Valores (SEC). Al alinear explícitamente sus expectativas de cargos de capital con los estándares de la SEC, las agencias refuerzan un trabajo conjunto hacia un marco regulatorio más coherente para los criptoactivos en Estados Unidos.
En última instancia, el programa se concibe como una fase de prueba. La naturaleza experimental del piloto significa que las reglas y requisitos ahora detallados están sujetos a la experiencia operativa que se recopile durante su desarrollo, especialmente después de los primeros tres meses. Los datos obtenidos en este período inicial serán cruciales para determinar el futuro de la integración de criptoactivos como garantía en los mercados regulados de derivados.
